Diciembre llega como un mes para la reflexión y los balances, pero también para mirar con sensibilidad social las deudas que tenemos como comunidad. El reciente dictado de los fundamentos de la Sentencia Número 158, que absolvió por unanimidad a los cuatro empleados municipales por la muerte de Luciano Valentín Aranda, nos sitúa en un escenario de profunda introspección institucional. Luciano falleció en enero de 2022 al tocar una luminaria electrificada en una plaza de barrio Alberdi mientras jugaba al fútbol. Su muerte, al igual que la de Juan hace años, marca la historia de nuestra Fundación y de la Ley de Seguridad Eléctrica 10.281.
Nuestra misión y visión, nacidas del dolor de Sandra Meyer tras la pérdida de su hijo Juan, se consolidaron en la búsqueda de ciudades más seguras mediante la gestión para la solución de peligros presentes en la vía pública, participación ciudadana y la prevención. Juan fue el motor que impulsó la Ley 10.281, pero el fallecimiento de Luciano ocurrió, trágicamente, por no haber llevado esa misma ley a la vía pública a tiempo.
Desde la Fundación, acompañamos con profundo respeto el dolor de la familia de Luciano. Entendemos que no solo han perdido a un hijo y hermano, sino que la sociedad cordobesa ha perdido a un niño que hoy debería estar jugando con tranquilidad en una plaza.
El Tribunal sostuvo que, al momento del siniestro, la Municipalidad de Córdoba aún no había adherido a la ley provincial y que las instalaciones padecían un “déficit estructural ostensible” que hacía imposible el mantenimiento preventivo. Sin embargo, detrás de estos siniestros siempre hay una responsabilidad en la toma de decisiones de gestión, sí. Pero también es necesario asumir nuestra parte, la que le corresponde a la ciudadanía, la responsabilidad social que nos corresponde a todos. La seguridad eléctrica debe dejar de ser una reacción ante la tragedia para convertirse en una política de inversión real, en una responsabilidad que asumamos cada uno de nosotros como ciudadanos.
Es fundamental recordar que la plena vigencia de la Ley de Seguridad Eléctrica 10.281, sancionada originalmente en 2015, enfrentó obstáculos legislativos que retrasaron la protección efectiva de los ciudadanos en la vía pública. Aunque la norma instaba a los municipios y comunas a adecuar sus instalaciones de alumbrado y señalización en un plazo de dos años desde su implementación en diciembre de 2017, este proceso se vio interrumpido por nuevas disposiciones. En 2019, se sancionó la Ley 10.670, la cual prorrogó parcialmente la implementación de la ley original hasta el año 2021. Esta prórroga consistió en dejar en suspenso los trabajos de adecuación que debían realizarse, otorgando un año adicional para que los entes responsables presentaran sus proyectos técnicos. En su momento, desde Relevando Peligros, expresamos oportunamente nuestra disconformidad frente a esta prórroga.
Así, mientras la cuestión penal analizada por el Tribunal se centró en la inexistencia de normativa exigible para los operarios (la Ley de Seguridad Eléctrica no se encontraba en plena vigencia al momento del siniestro), la cuestión del proceso nos deja una herida social abierta y una sensación de que no se ha hecho justicia. Todos los adultos somos responsables de la seguridad y la vida de nuestros niños. Entonces, como sociedad, debemos preguntarnos: ¿en qué invertimos nuestros recursos? ¿Qué porcentaje de las luminarias pueden estar en condiciones deficientes antes de preocuparnos? ¿Sólo la muerte de un niño precipita la adhesión a una ley de seguridad eléctrica? Si la ley es provincial, ¿por qué cada municipio puede adherir o no a la normativa? ¿Podemos estar tranquilos sabiendo que las plazas no son espacios seguros para nuestros niños y niñas?
Por nuestra parte, seguimos trabajando junto al Ministerio Público Fiscal en la elaboración de un Protocolo de Electrocución, una herramienta en la que hemos puesto grandes esfuerzos pero que aún no arroja los resultados operativos necesarios para prevenir estas muertes que, según los datos obtenidos por la Morgue Judicial de la Provincia de Córdoba, en promedio, se cobran 17 vidas al año en Córdoba y Gran Córdoba.
Las responsabilidades por la falta de inversión y la desidia en la vía pública no pueden licuarse en la burocracia. Debemos entender que estas víctimas no son solo casos judiciales. No es Juan, no es Luciano, son nuestros niños los que están en peligro cada vez que un tablero queda abierto o un cable queda suelto. La seguridad eléctrica no es un trámite, es un derecho a la vida que no admite más prórrogas.
Nuestra visión es clara: no queremos más nombres en las estadísticas de la morgue judicial. La prevención requiere que los responsables de la gestión de la infraestructura pública asuman su rol de garantes de la vida.